
Reguladas por el DECRETO 191/2008, de 12 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas iniciales de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 182, 19 de septiembre de 2008).
Dirigidas a: Personas mayores de 18 años, que requieran adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y competencias básicas para su desarrollo personal y profesional.
Objetivos:
1. Adquisición inicial de los conocimientos y competencias básicas que posibiliten:
- a) La participación en la vida social y política.
- b) El ejercicio de la ciudadanía activa.
- c) La competencia digital.
2. Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida.
Temporalización: Estructurada en dos niveles, cada uno de ellos dividido en tres ámbitos de conocimiento: comunicación, social y científico-tecnológico.
- Nivel I: tendrá por objeto permitir a la población adulta la adquisición inicial de las competencias básicas y conocimientos de lectura, escritura, cálculo matemático y conocimientos en tecnologías de la información y comunicación para satisfacer las necesidades de la vida diaria y comprender la realidad de su entorno.
- Nivel II: tendrá por objeto consolidar los conocimientos adquiridos, incrementar la adquisición de competencias básicas, conocimientos en Tecnologías de la Información y Comunicación e idiomas, debiendo facilitar el acceso a las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas.
La organización de estas enseñanzas permitirá su realización en dos cursos académicos.